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Circular nº 20.- Denuncias sobre Rimonabant. (15/01/2009)
Nos llegan informaciones sobre que en varias provincias una industria farmacéutica ha denunciado a los farmacéuticos que usaban en formulación la sustancia Rimonabant.

En relación con ello, ha de decirse que cuando se retiró la especialidad, el 23 de octubre de 2008, debió entenderse que la sustancia ya no tenía autorización en España, y así lo hicimos llegar a las asociados en nuestra Circular nº 16.

Es posible que como consecuencia de esas denuncias, y según el celo de los funcionarios, se produzcan inspecciones. Lo normal sería que a partir del día 24 de octubre ya no hubiese anotadas fórmulas con esa sustancia en el Libro Recetario. Salvo en Andalucía, donde deben guardarse las recetas un año, en el resto de España, las recetas particulares deberán destruirse al cabo de los tres meses de la dispensación.

Si se presenta la Inspección, van a estar muy interesados en conocer el proveedor, y si se ha efectuado un análisis de la sustancia si el proveedor no está autorizado en España. Como ya se informó en la Circular nº 5, para importar sustancias destinadas a elaborar medicamentos autorizados en España no hace falta autorización. El Art. 72 de la Ley de Garantías y Uso Racional del Medicamento distingue claramente entre medicamentos registrados y materias primas.

Habrá de tenerse, aunque podría argumentarse que aún no está regulado reglamentariamente, un seguro para responder de los daños para la salud derivados de problemas de seguridad de los medicamentos. Normalmente, todas las farmacias tienen un seguro, y adicionalmente se puede tener un seguro específico para la formulación, como tienen algunos de los asociados.

Finalmente, como esta sustancia no es de adquisición sencilla, es posible que en la inspección se encuentren recetas o anotaciones en el Libro procedentes de médicos de otras zonas de España. En cuyo caso, preguntarán sobre cómo llegan las recetas, si hay connivencia o comunicación con los médicos, si se ha coartado la libertad del usuario, o si se ha dispensado fuera de la farmacia. Temas que ya se han tratado de forma larga y tendida, y sobre los que pueden consultar a la Secretaría si tienen alguna duda.

Sevilla, 15 de enero de 2009.



Antonio Fontán Meana
Secretario General
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